- Ley
- CÓDIGO Penal Federal
- Artículo
- 248 Bis
Artículo 248 Bis del CÓDIGO Penal Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Imagínate que, para que a alguien lo acusen injustamente de un delito, tú inventas pruebas falsas (como fotos, documentos o cualquier objeto) que hagan creer a las autoridades que esa persona es culpable. Eso es ilegal y te pueden meter a la cárcel de 2 a 6 años, además de pagar una multa de entre 100 y 300 días de salario mínimo. O sea, no puedes plantar evidencia falsa para culpar a alguien.
Texto oficial
Artículo 248 Bis.- Al que con el propósito de inculpar a alguien como responsable de un delito ante la autoridad, simule en su contra la existencia de pruebas materiales que hagan presumir su responsabilidad, se le impondrá prisión de dos a seis años y de cien a trescientos días multa. Artículo adicionado DOF 10-01-1994 CAPITULO VI Variación del nombre o del domicilio
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.