- Ley
- CÓDIGO Penal Federal
- Artículo
- 339
Artículo 339 del CÓDIGO Penal Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si una persona abandona a alguien y ese abandono le causa lesiones o la muerte, la ley va a asumir que esas consecuencias fueron algo planeado de antemano. Eso significa que, para castigar al responsable, se va a considerar que hubo premeditación, como si la persona hubiera pensado y decidido causar el daño desde antes. Así, las sanciones por lesiones u homicidio van a ser más severas. En pocas palabras, si abandonas a alguien y sale lastimado o muere, te van a aplicar el castigo más fuerte porque se supone que ya sabías lo que podía pasar.
Texto oficial
Artículo 339.- Si del abandono a que se refieren los artículos anteriores resultare alguna lesión o la muerte, se presumirán éstas como premeditadas para los efectos de aplicar las sanciones que a estos delitos correspondan.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.