- Ley
- CÓDIGO Penal Federal
- Artículo
- 407
Artículo 407 del CÓDIGO Penal Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo de la ley dice que si eres servidor público (como un funcionario del gobierno) y usas tu puesto para obligar a tus empleados a votar por un partido o candidato, te pueden multar con una cantidad de 200 a 400 días de tu sueldo y meterte a la cárcel de 1 a 9 años. También aplica si condicionas dar un servicio público o hacer obras solo si la persona vota por cierto partido, si usas bienes del gobierno (como carros o edificios) para apoyar a un candidato, o si mandas a tus subordinados a hacer campaña en horario de trabajo.
Texto oficial
Artículo 407.- Se impondrán de doscientos a cuatrocientos días multa y prisión de uno a nueve años, al servidor público que: I. Obligue a sus subordinados, de manera expresa y haciendo uso de su autoridad o jerarquía, a emitir sus votos en favor de un partido político o candidato; Fracción reformada DOF 22-11-1996 II. Condicione la prestación de un servicio público, el cumplimiento de programas o la realización de obras públicas, en el ámbito de su competencia, a la emisión del sufragio en favor de un partido político o candidato; Fracción reformada DOF 22-11-1996 III. Destine, de manera ilegal, fondos, bienes o servicios que tenga a su disposición en virtud de su cargo tales como vehículos, inmuebles y equipos, al apoyo de un partido político o de un candidato, sin perjuicio de las penas que pueda corresponder por el delito de peculado; o Fracción reformada DOF 22-11-1996 IV. Proporcione apoyo o preste algún servicio a los partidos políticos o a sus candidatos, a través de sus subordinados, usando del tiempo correspondiente a sus labores, de manera ilegal. Fracción adicionada DOF 22-11-1996 Artículo adicionado DOF 15-08-1990. Reformado DOF 25-03-1994
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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