- Ley
- CÓDIGO Penal Federal
- Artículo
- 409
Artículo 409 del CÓDIGO Penal Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien miente dando documentos o información falsa al Registro Nacional de Ciudadanos para sacar su credencial de ciudadano (como la credencial para votar), puede recibir una multa de 20 a 100 días de salario mínimo y cárcel de 3 meses a 5 años. También aplica la misma pena si la persona altera, cambia, destruye o usa de forma indebida ese documento oficial. Esto aplica a cualquier manipulación del formato o la información que el Registro expide.
Texto oficial
Artículo 409.- Se impondrán de veinte a cien días multa y prisión de tres meses a cinco años, a quien: Párrafo reformado DOF 25-03-1994 I.- Proporcione documentos o información falsa al Registro Nacional de Ciudadanos para obtener el documento que acredite la ciudadanía; y II.- Altere en cualquier forma, sustituya, destruya o haga un uso indebido del documento que acredita la ciudadanía, que en los términos de la ley de la materia, expida el Registro Nacional de Ciudadanos. Artículo adicionado DOF 15-08-1990
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.