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Ley
CÓDIGO Penal Federal
Artículo
427 Quáter

Artículo 427 Quáter del CÓDIGO Penal Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 427 Quáter dice que si alguien ofrece o vende servicios para ayudar a la gente a burlar candados digitales que protegen canciones, videos o libros con derechos de autor, puede ir a la cárcel de 6 meses a 6 años y pagar una multa de 500 a 1,000 días de salario mínimo. Esos candados son medidas tecnológicas que usan los creadores (como músicos, cantantes o escritores) para evitar que copien su obra sin permiso. También aplica si solo ofreces el servicio, aunque nadie lo use. La ley castiga a quien lo haga con la intención de ganar dinero.

Texto oficial

Artículo 427 Quáter.- A quien, con fines de lucro, brinde u ofrezca servicios al público destinados principalmente a eludir una medida tecnológica de protección efectiva que utilicen los productores de fonogramas, artistas, intérpretes o ejecutantes, así como los autores de cualquier obra protegida por derecho de autor o derecho conexo, se le impondrá de seis meses a seis años de prisión y de quinientos a mil días multa. CÓDIGO PENAL FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 13-03-2026 147 de 353 Artículo adicionado DOF 01-07-2020 Artículo 427 Quinquies.- A quien, a sabiendas, sin autorización y con fines de lucro, suprima o altere, por sí o por medio de otro, cualquier información sobre gestión de derechos, se le impondrá de seis meses a seis años de prisión y de quinientos a mil días multa. La misma pena será impuesta a quien con fines de lucro: I. Distribuya o importe para su distribución información sobre gestión de derechos, a sabiendas de que ésta ha sido suprimida o alterada sin autorización, o II. Distribuya, importe para su distribución, transmita, comunique o ponga a disposición del público copias de las obras, interpretaciones, ejecuciones o fonogramas, a sabiendas de que la información sobre gestión de derechos ha sido suprimida o alterada sin autorización. Artículo adicionado DOF 01-07-2020

Ver texto oficial del CÓDIGO Penal Federal (pág. 146) ↗

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