- Ley
- Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México
- Artículo
- 100
Artículo 100 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los documentos públicos, como actas del registro civil o escrituras notariales, valen como prueba completa y definitiva en un juicio. Esto significa que el juez no necesita más pruebas para dar por cierto lo que dicen. Entonces, si presentas uno de estos papeles, se considera que lo que está escrito ahí es verdad, a menos que alguien demuestre lo contrario con otras pruebas muy fuertes. En pocas palabras, estos documentos son la ley en lo que toca a los hechos que registran.
Texto oficial
Artículo 100.- Los documentos públicos hacen prueba plena.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.