Artículo 12 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cualquier trámite o asunto legal que hagas ante el gobierno del Estado de México solo se puede hacer en días y horas hábiles. Los días hábiles son de lunes a viernes, excepto los que estén marcados como festivos en el calendario oficial que publican cada diciembre. Aunque haya personal de guardia trabajando, eso no significa que el día sea hábil. Las horas hábiles van de las 9 de la mañana a las 6 de la tarde.
Texto oficial
Artículo 12.- Las promociones y actuaciones se efectuarán en días y horas hábiles. Son días hábiles todos los del año, con exclusión de los sábados, domingos y aquéllos que se señalen en el calendario oficial correspondiente, que deberá publicarse, en el mes de diciembre Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 07 de febrero de 1997. Última reforma POGG 28 de abril de 2026. CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO DE MÉXICO 4 del ejercicio anterior, en la «Gaceta del Gobierno» o en la del municipio cuando se trate del calendario municipal. La existencia de personal de guardia no habilita los días. Son horas hábiles las comprendidas entre las 9:00 y las 18:00 horas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.