Artículo 137 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando te pongan una multa o sanción administrativa (que no sea de cantidad fija), la autoridad debe explicar por escrito por qué te la aplica y para eso debe tomar en cuenta estas cosas: qué tan grave fue lo que hiciste; si tienes historial de haber cometido faltas antes; tu situación económica y social; si ya habías incumplido antes con obligaciones similares; y cuánto dinero ganaste o cuánto daño causaste con tu falta.
Texto oficial
Artículo 137.- Cuando se impongan sanciones administrativas, excepto las que sean fijas, la motivación de la resolución considerará las siguientes circunstancias: I. La gravedad de la infracción en que se incurra; II. Los antecedentes del infractor; III. Las condiciones socio-económicas del infractor; IV. La reincidencia en el incumplimiento de obligaciones, en su caso; y V. El monto del beneficio, daño o perjuicio económico, derivado del incumplimiento de obligaciones, si lo hubiere.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.