Artículo 139 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si una autoridad administrativa te da una resolución que perjudica tus derechos o intereses, en el momento en que te la entreguen deben decirte que tienes derecho a inconformarte y cuánto tiempo tienes para hacerlo. Puedes presentar un recurso de inconformidad (que es un reclamo dentro de la misma autoridad) o un juicio ante el Tribunal (que es un proceso legal externo). Esto aplica solo cuando la resolución te afecta de manera directa.
Texto oficial
Artículo 139.- Tratándose de resoluciones desfavorables a los derechos e intereses legítimos de los particulares, las autoridades administrativas deberán informarles al momento de la notificación, el derecho y plazo que tienen para promover el recurso de inconformidad o el juicio ante el Tribunal.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.