Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 139 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si una autoridad administrativa te da una resolución que perjudica tus derechos o intereses, en el momento en que te la entreguen deben decirte que tienes derecho a inconformarte y cuánto tiempo tienes para hacerlo. Puedes presentar un recurso de inconformidad (que es un reclamo dentro de la misma autoridad) o un juicio ante el Tribunal (que es un proceso legal externo). Esto aplica solo cuando la resolución te afecta de manera directa.

Texto oficial

Artículo 139.- Tratándose de resoluciones desfavorables a los derechos e intereses legítimos de los particulares, las autoridades administrativas deberán informarles al momento de la notificación, el derecho y plazo que tienen para promover el recurso de inconformidad o el juicio ante el Tribunal.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 26) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.