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Artículo 243 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando el juez de la sala revisa tu demanda y nota que le falta algún requisito de forma (como un papel mal presentado o un dato incompleto), él mismo lo va a arreglar en ese momento, sin que tengas que hacer nada. O sea, no te van a rechazar la demanda por esos detalles; el juez los corrige de inmediato al aceptarla. Esto aplica solo si son cosas formales, no si falta el fondo del asunto. Así que no te preocupes si tu escrito tiene algún error pequeño.

Texto oficial

Artículo 243.- Si al examinarse la demanda se advierte que ésta carece de algún requisito formal, el magistrado de la sala regional la subsanará en el momento de admitirla.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 38) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.