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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_cod2/244
Ley
Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México
Artículo
244

Artículo 244 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando un juez ve que a tu demanda le faltan requisitos o documentos, tienes 3 días para corregirla o entregar lo que haga falta. Si no lo haces dentro de ese plazo, el juez rechazará tu demanda sin más vueltas o no tomará en cuenta tus pruebas. Esto aplica solo cuando el juez no pueda arreglar el error por sí mismo.

Texto oficial

Artículo 244.- En los casos en que no sea posible que el magistrado del conocimiento subsane algún requisito formal de la demanda o que no se adjunten los documentos respectivos, el magistrado de la sala regional requerirá al actor, para que aclare, corrija y complete la demanda o exhiba los documentos aludidos, en un plazo de tres días, apercibiéndolo de que, de no hacerlo, se desechará de plano la demanda o se tendrán por no ofrecidas las pruebas, según el supuesto de que se trate.

Ver texto oficial del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México (pág. 38) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.