Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 244 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando un juez ve que a tu demanda le faltan requisitos o documentos, tienes 3 días para corregirla o entregar lo que haga falta. Si no lo haces dentro de ese plazo, el juez rechazará tu demanda sin más vueltas o no tomará en cuenta tus pruebas. Esto aplica solo cuando el juez no pueda arreglar el error por sí mismo.

Texto oficial

Artículo 244.- En los casos en que no sea posible que el magistrado del conocimiento subsane algún requisito formal de la demanda o que no se adjunten los documentos respectivos, el magistrado de la sala regional requerirá al actor, para que aclare, corrija y complete la demanda o exhiba los documentos aludidos, en un plazo de tres días, apercibiéndolo de que, de no hacerlo, se desechará de plano la demanda o se tendrán por no ofrecidas las pruebas, según el supuesto de que se trate.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 38) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.