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Artículo 249 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando contestes una demanda en un juicio, tienes que entregar copias de tu respuesta y de todos los documentos que lleves para cada una de las partes involucradas, incluyendo al juez. También debes incluir los documentos que quieras usar como prueba. Si ofreces pruebas de peritos (especialistas) o de posiciones (preguntas para la otra parte), tienes que presentar por escrito las preguntas o los cuestionarios para esos expertos. En pocas palabras, todo lo que quieras presentar para defenderte debe ir junto con tu contestación desde el principio.

Texto oficial

Artículo 249.- El demandado deberá adjuntar a su contestación: I. Una copia de la misma y de los documentos anexos, para cada una de las partes; II. Los documentos que ofrezca como prueba; y III. El pliego de posiciones y el cuestionario para los peritos o su correspondiente adición, en caso de ofrecimiento de estas pruebas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 39) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.