Artículo 275 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que una regla, decreto o aviso oficial puede ser anulado si va en contra de la Constitución mexicana, los tratados internacionales de derechos humanos que México firmó, la Constitución del Estado de México o las leyes que vienen de esas constituciones. Pero ojo: la anulación solo aplica para el caso específico de la persona que se quejó, no para todo el mundo ni para la regla en general.
Texto oficial
Artículo 275.- Será causa de invalidez de los reglamentos, decretos, circulares y demás disposiciones de carácter general, que se hayan impugnado en el juicio, la violación de las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de los tratados internacionales en materia de derechos humanos de los que el Estado Mexicano sea parte, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y de las leyes que de una y otra emanen. La decisión de invalidez solo se referirá al caso concreto, sin hacer una declaración general respecto de la disposición reclamada.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.