Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 31 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo explica cómo se cuentan los plazos (los tiempos límite) en los trámites administrativos del Estado de México. Primero, los plazos empiezan a contar al día siguiente de que recibas una notificación, pero sólo tomando en cuenta los días hábiles (de lunes a viernes, sin contar festivos o días de descanso oficial). El día final del plazo sí se incluye aunque sea hábil. Si el plazo está en años o meses, ahí sí se cuentan todos los días, incluyendo sábados, domingos y días festivos. Cuando el plazo está en horas, como en el caso de una suspensión (una orden que detiene temporalmente un acto de autoridad), el tiempo se cuenta minuto a minuto desde el momento exacto en que se ordena.

Texto oficial

Artículo 31.- El cómputo de los plazos se sujetará a las siguientes reglas: I. Comenzarán a correr desde el día hábil siguiente al en que surta efectos la notificación y se incluirán en ellos el día del vencimiento; II. En los plazos fijados en días por las disposiciones legales, autoridades administrativas o Tribunal, sólo se computarán los días hábiles; III. En los plazos señalados en años o meses y en los que se fije una fecha determinada para su extinción, se entenderán comprendidos los días inhábiles; y IV. Los plazos señalados en horas y los relativos al cumplimiento del acuerdo de suspensión del acto impugnado, se contarán de momento a momento. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 07 de febrero de 1997. Última reforma POGG 28 de abril de 2026. CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO DE MÉXICO 9 CAPÍTULO CUARTO De las Pruebas SECCIÓN PRIMERA De las Reglas Generales

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.