Artículo 42 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un juez te cita para que respondas preguntas sobre un juicio, te tienen que avisar por lo menos con dos días de anticipación. Si no vas sin una razón válida, el juez puede dar por cierto lo que la otra parte dice. En México, a esto se le llama "absolver posiciones", que básicamente significa contestar preguntas bajo juramento. Quedas advertido desde la citación.
Texto oficial
Artículo 42.- El particular que haya de absolver posiciones será citado personalmente, a más tardar, cuarenta y ocho horas anteriores a la señalada para la diligencia, bajo el apercibimiento de que, si dejare de comparecer sin justa causa, será tenido por confeso.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.