Artículo 53 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Una vez que firmas una declaración (o si no la firmas, solo la autoridad o el personal del Tribunal lo hace), ya no se puede cambiar ni lo que dice ni cómo está escrita. Eso significa que no puedes modificar el contenido ni corregir palabras después de firmar. La declaración queda tal cual, sin posibilidad de ajustes.
Texto oficial
Artículo 53.- Firmadas las declaraciones por los que las hubieren producido o, en su defecto, sólo por la autoridad administrativa o el personal del Tribunal, no podrán variarse ni en la sustancia, ni en la redacción.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.