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Artículo 66 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando te presenten documentos como pruebas en un juicio, tienes chance de decir que no estás de acuerdo con ellos (objeta) en un plazo de tres días después de que te avisen oficialmente. Si estás respondiendo una demanda, ese derecho lo tienes al momento de contestarla. Pasado ese tiempo, ya no podrás reclamar nada sobre esos papeles.

Texto oficial

Artículo 66.- Las partes sólo podrán objetar los documentos dentro de los tres días siguientes a la notificación del acuerdo que los haya tenido como pruebas o, en su caso, al contestar la demanda. SECCIÓN CUARTA De la Testimonial

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.