Artículo 105 del Código Electoral del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Puedes empezar a usar la cuenta bancaria de tu campaña desde que empieces a hacer gestiones para pedir apoyo a la gente, y hasta que terminen las campañas electorales. Después de eso, solo la puedes ocupar para pagar deudas que hayas hecho o gastos relacionados. Tienes que cancelar esa cuenta hasta que la Unidad de Fiscalización del INE termine todos los procedimientos que le toquen.
Texto oficial
Artículo 105. La utilización de la cuenta será a partir del inicio de los actos tendentes a obtener el apoyo ciudadano y hasta la conclusión de las campañas electorales y con posterioridad, exclusivamente para cubrir los pasivos contraídos y demás erogaciones. Su cancelación deberá realizarse una vez que se concluyan los procedimientos que correspondan a la Unidad de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.