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Artículo 113 del Código Electoral del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres aspirante a candidato independiente y no entregas tu informe de ingresos y gastos en los 30 días posteriores a que termine el plazo para juntar firmas de apoyo, automáticamente te van a negar el registro como candidato. Es decir, pierdes la oportunidad de competir por no presentar ese documento a tiempo.

Texto oficial

Artículo 113. El aspirante que no entregue el informe de ingresos y egresos, dentro de los treinta días siguientes a la conclusión del periodo para recabar el apoyo ciudadano, le será negado el registro como candidato independiente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 30) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.