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Artículo 115 del Código Electoral del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo habla de los derechos que tienes si quieres ser candidato independiente (sin partido). Primero, puedes pedirle al INE o al instituto electoral de tu estado que te registren como aspirante. También puedes hacer campaña para dar a conocer tus ideas y convencer a la gente de que te apoye. Tienes derecho a usar dinero de particulares para tus actividades, siempre y cuando sigas las reglas del código electoral. Además, puedes nombrar a alguien que te represente en las reuniones de los consejos electorales. Por último, debes poner en tu propaganda la frase "aspirante a candidato independiente" para que todos sepan que no perteneces a un partido.

Texto oficial

Artículo 115. Son derechos de los aspirantes: I. Solicitar a los órganos electorales, dependiendo del tipo de elección, su registro como aspirante. II. Realizar actos para promover sus ideas y propuestas con el fin de obtener el apoyo ciudadano para el cargo al que desea aspirar. III. Utilizar financiamiento privado para el desarrollo de sus actividades, en términos de este Código. IV. Nombrar un representante para asistir a las sesiones de los consejos general, municipales o distritales. V. Insertar en su propaganda la leyenda “aspirante a candidato independiente”. VI. Los demás establecidos por este Código.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 30) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.