- Ley
- Código Electoral del Estado de México
- Artículo
- 140
Artículo 140 del Código Electoral del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los candidatos independientes no pueden pedir préstamos a la banca de desarrollo (que son bancos del gobierno) para pagar su campaña. Tampoco pueden aceptar dinero de personas que no sepan quiénes son o que no estén registradas. Esto es para que no haya dinero oculto o de dudoso origen en sus campañas.
Texto oficial
Artículo 140. Los candidatos independientes no podrán solicitar créditos provenientes de la banca de desarrollo para el financiamiento de sus actividades. Tampoco podrán recibir aportaciones de personas no identificadas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.