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Ley
Código Electoral del Estado de México
Artículo
162

Artículo 162 del Código Electoral del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

En la boleta para votar, vas a ver el nombre completo de la persona o personas que sean candidatos independientes. Si es una elección donde participa solo un candidato, verás solo su nombre; si es una fórmula o planilla (como para diputados o senadores), aparecerán los nombres de todos los que la integran. Esto aplica solo para los que compiten sin pertenecer a un partido político.

Texto oficial

Artículo 162. En la boleta, de acuerdo con la elección de que se trate, aparecerá el nombre completo del candidato independiente, de los integrantes de la fórmula o planilla de candidatos independientes.

Ver texto oficial del Código Electoral del Estado de México (pág. 40) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.