Artículo 165 del Código Electoral del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Si marcas un solo recuadro que tenga el emblema o el nombre de un candidato independiente, ese voto cuenta como válido. No importa si trae los dos o solo uno, con que marques un recuadro con la información del candidato basta. Solo aplica para candidatos independientes, y según las reglas de este Código.
Texto oficial
Artículo 165. Se contará como voto válido la marca que haga el elector en un solo recuadro en el que se contenga el emblema y/o el nombre de un candidato independiente, en términos de lo dispuesto por este Código.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.