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Ley
Código Electoral del Estado de México
Artículo
194

Artículo 194 del Código Electoral del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La persona que ocupe el puesto de Secretario Ejecutivo va a formar parte de la Junta General (que es como el grupo de los jefes). Su trabajo principal es hacer que se cumplan todos los acuerdos y decisiones que tomen tanto el Consejo General como la misma Junta General. También se va a encargar de organizar la administración del Instituto y de vigilar que las áreas encargadas de ejecutar las tareas y las áreas técnicas trabajen bien. En pocas palabras, es como el encargado de que todo lo que se decide se lleve a cabo y funcione correctamente.

Texto oficial

Artículo 194. La o el Secretario Ejecutivo será integrante de la Junta General, siendo la o el responsable de ejecutar todos los acuerdos y decisiones tomados tanto por el Consejo General como por la Junta General, además coordinará la administración y supervisará el desarrollo adecuado de las actividades de los órganos ejecutivos y técnicos del Instituto.

Ver texto oficial del Código Electoral del Estado de México (pág. 56) ↗

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