Artículo 194 del Código Electoral del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La persona que ocupe el puesto de Secretario Ejecutivo va a formar parte de la Junta General (que es como el grupo de los jefes). Su trabajo principal es hacer que se cumplan todos los acuerdos y decisiones que tomen tanto el Consejo General como la misma Junta General. También se va a encargar de organizar la administración del Instituto y de vigilar que las áreas encargadas de ejecutar las tareas y las áreas técnicas trabajen bien. En pocas palabras, es como el encargado de que todo lo que se decide se lleve a cabo y funcione correctamente.
Texto oficial
Artículo 194. La o el Secretario Ejecutivo será integrante de la Junta General, siendo la o el responsable de ejecutar todos los acuerdos y decisiones tomados tanto por el Consejo General como por la Junta General, además coordinará la administración y supervisará el desarrollo adecuado de las actividades de los órganos ejecutivos y técnicos del Instituto.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.