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Artículo 226 del Código Electoral del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los jefes de las oficinas de cada distrito electoral deben trabajar en equipo con los encargados de las casillas donde se vota en su zona. Ellos son los que les tienen que dar los papeles oficiales, las boletas y todo lo que se ocupe para que las casillas funcionen bien. Esto incluye desde las listas de votantes hasta los formatos para contar los votos. En palabras más simples: los que organizan las elecciones a nivel distrito se aseguran de que cada casilla tenga todo lo necesario para que puedas votar sin problemas.

Texto oficial

Artículo 226. Los presidentes de los consejos distritales se coordinarán con los funcionarios de las mesas directivas de las casillas de su demarcación territorial y les proporcionarán la documentación y útiles necesarios para el desempeño de las atribuciones que les confiere este Código.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 77) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.