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Artículo 294 del Código Electoral del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cinco días antes de la elección, en el lugar donde se va a poner la casilla para votar, deben pegar las listas con los nombres de las personas que van a votar en esa sección, y también las listas de los candidatos que están compitiendo. Así, antes de ir a votar, puedes checar si tu nombre aparece en la lista y quiénes son los candidatos.

Texto oficial

Artículo 294. Dentro de los cinco días previos a la elección de que se trate, deberán fijarse en el local en que se instale la casilla electoral, las listas de electores que votarán en la sección, así como las listas de candidatos que participarán en la elección.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 100) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.