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Artículo 300 del Código Electoral del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El día de las votaciones, en cada casilla se llena un documento llamado "acta de la jornada electoral". Ahí se anota información básica que aplica para todas las elecciones del día, como los nombres de los funcionarios de casilla o el horario. Además, se incluyen los resultados de la cuenta de votos de cada elección que se hizo, por ejemplo, diputados, senadores o presidente. Todo queda por escrito para que no haya dudas de lo que pasó en la casilla.

Texto oficial

Artículo 300. Durante el día de la elección se levantará el acta de la jornada electoral, que contendrá los datos comunes a todas las elecciones y las actas relativas al escrutinio y cómputo de cada una de ellas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 101) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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