Artículo 309 del Código Electoral del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los funcionarios y representantes que estuvieron en la casilla el día de la votación tienen la obligación de firmar las actas sin excepción. Eso significa que todos los que participaron ahí, como los de la mesa directiva o los representantes de los partidos, deben poner su firma. No pueden negarse ni quedarse sin hacerlo. Si alguien no firma, está incumpliendo con la ley.
Texto oficial
Artículo 309. Los funcionarios y representantes que actuaron en la casilla, deberán, sin excepción, firmar las actas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.