Artículo 311 del Código Electoral del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El presidente de la mesa directiva de casilla tiene la obligación de avisar en voz alta que ya va a empezar la votación, pero solo después de que todos hayan firmado el acta donde se confirma que la casilla está lista para funcionar. Ese acta es como un reporte oficial donde se anota que todo está instalado correctamente. En pocas palabras, el presidente da el aviso oficial para que los ciudadanos comiencen a votar.
Texto oficial
Artículo 311. Una vez llenada y firmada el acta de la jornada electoral en el apartado correspondiente a la instalación, el Presidente de la mesa anunciará el inicio de la votación.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.