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Artículo 324 del Código Electoral del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los representantes de los partidos políticos y los candidatos que no pertenecen a ningún partido pueden darle al secretario de la mesa directiva un escrito sobre cualquier problema que, según ellos, rompa las reglas de este código. El secretario tiene que recibir esos papeles y guardarlos en el expediente de la casilla, sin poder discutir si los acepta o no. O sea, no puede negarse a recibirlos ni ponerse a platicar si están bien o mal.

Texto oficial

Artículo 324. Los representantes de los partidos políticos y candidatos independientes podrán presentar al Secretario de la mesa directiva escritos sobre cualquier incidente que, en su concepto, constituya una infracción a lo dispuesto por este Código. El Secretario recibirá tales escritos y los incorporará al expediente electoral de la casilla, sin que pueda mediar discusión sobre su admisión.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 105) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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