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Artículo 330 del Código Electoral del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando ya se cumplan los pasos que marca la ley (como que ya votaron todos los que están en lista o se terminó el tiempo), el presidente de la casilla dice que ya se cierra la votación. Inmediatamente después, el secretario anota en el acta la hora exacta en que se cerró y, si se hizo antes o después de las 6 de la tarde, también escribe por qué pasó eso. Luego, todos los funcionarios de casilla y los representantes de los partidos firman esa acta para dejarlo todo por escrito.

Texto oficial

Artículo 330. El Presidente declarará cerrada la votación al cumplirse con los lineamientos previstos en el artículo anterior. Acto seguido, el secretario llenará el apartado correspondiente al cierre de votación del acta de la jornada electoral, la cual deberá ser firmada por los funcionarios y representantes. En todo caso, el apartado correspondiente al cierre de votación contendrá la hora de cierre y la causa por la que, si es el caso, se cerró antes o después de las 18:00 horas. CAPÍTULO TERCERO Del escrutinio y cómputo en la casilla

Ver ley oficial en el DOF (pág. 106) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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