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Artículo 332 del Código Electoral del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando las personas encargadas de la casilla cuentan los votos (a eso se le llama escrutinio y cómputo), tienen que sacar estos datos: cuántas personas votaron, cuántos votos le tocaron a cada partido o candidato, y cuántos votos son nulos. Un voto es nulo si no marcaste ningún recuadro, o si marcaste dos o más partidos que no forman una coalición (una alianza). Si marcas dos o más partidos que sí están en coalición, tu voto cuenta para el candidato de esa alianza. También tienen que contar las boletas que no se usaron, o sea, las que sobraron.

Texto oficial

Artículo 332. Mediante el escrutinio y cómputo, los integrantes de las mesas directivas de casilla determinarán: I. El número de electores que votó. II. El número de votos emitidos en favor de cada uno de los partidos políticos o candidatos. III. El número de votos nulos, entendiéndose por estos aquellos expresados por un elector, en una boleta que depositó en la urna, sin haber marcado ningún cuadro que contenga el emblema de un partido político, candidatura común o de una candidatura independiente, y aquellos en los que el elector marque dos o más cuadros sin existir coalición entre los partidos cuyos emblemas hayan sido marcados. Cuando el elector marque en la boleta dos o más cuadros y exista coalición entre los partidos cuyos emblemas hayan sido marcados, el voto contará para el candidato de la coalición y se registrará por separado en el espacio correspondiente del acta de escrutinio y cómputo de casilla. IV. El número de boletas sobrantes de cada elección, entendiéndose por tales aquellas que habiendo sido entregadas a las mesas directivas no fueron utilizadas por los electores.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 107) ↗

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