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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_cod5/335
Ley
Código Electoral del Estado de México
Artículo
335

Artículo 335 del Código Electoral del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si encuentras boletas de una elección metidas en la urna de otra votación, las separas y las cuentas en la elección que les corresponde. Por ejemplo, si una boleta de diputados aparece en la urna de presidente, la sacas y la sumas al resultado de diputados. Así se asegura que cada voto se cuente donde debe, aunque esté en el lugar equivocado.

Texto oficial

Artículo 335. Si se encontrasen boletas de una elección en la urna correspondiente a otra, se separarán y se computarán en la elección respectiva.

Ver texto oficial del Código Electoral del Estado de México (pág. 108) ↗

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