Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 356 del Código Electoral del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Después de que terminen de contar todos los votos en tu distrito, el Presidente del Consejo Electoral tiene que pegar afuera del lugar donde están las oficinas una hoja con los resultados preliminares. Esto lo hacen para que tú, como ciudadano, puedas enterarte fácilmente de cómo van las elecciones sin necesidad de entrar a preguntar.

Texto oficial

Artículo 356. Para el mejor conocimiento de los ciudadanos, concluido el cómputo el Presidente deberá fijar en el exterior del local del Consejo correspondiente, los resultados preliminares de la elección o elecciones que correspondan. TÍTULO QUINTO De los resultados electorales CAPÍTULO PRIMERO De los cómputos en los consejos distritales

Ver ley oficial en el DOF (pág. 113) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.