Artículo 4 del Código Electoral del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Para asuntos de votación y elecciones, cuando pidas documentos que te pidan las autoridades electorales (como el INE), te los deben dar sin cobrarte nada y lo más rápido posible. La única excepción es el acta de nacimiento, que sí puede tener costo. Esto aplica para cualquier papel oficial que necesites para tu trámite electoral.
Texto oficial
Artículo 4. Para fines electorales, a excepción del acta de nacimiento, la expedición de los documentos requeridos por las autoridades electorales será gratuita y expedita.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.