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Artículo 414 del Código Electoral del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Tienes cuatro días para meter tu queja ante un tribunal, empezando a contar desde el día después de que te enteres del acto o te notifiquen oficialmente algo que viole tus derechos como votante o candidato en elecciones locales. Si te avisan un lunes, el plazo corre a partir del martes. Es un proceso rápido para defender cosas como tu derecho a votar o a ser votado. No esperes, porque si pasan los cuatro días, ya no podrás reclamar.

Texto oficial

Artículo 414. El juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano local, deberá presentarse dentro de los cuatro días contados a partir del día siguiente a aquél en que se tenga conocimiento o se hubiese notificado el acto o la resolución que se impugne.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 144) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.