Artículo 417 del Código Electoral del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien va a presentar un escrito para apoyar o estar en contra de una queja o impugnación, tiene que hacerlo dentro de los tres días siguientes (72 horas) a que se pegue un aviso público donde se informe que esa queja se presentó. Eso aplica para partidos, candidatos, representantes o cualquier ciudadano que quiera participar como tercero interesado. El aviso lo pone el Instituto, alguna autoridad o el mismo partido político para que todos sepan que hay una impugnación en curso.
Texto oficial
Artículo 417. Los escritos de los representantes de los partidos políticos, coaliciones, sus representantes, candidaturas comunes, Personas Candidatas a Cargos de Elección del Poder Judicial, o ciudadanía con carácter de tercero interesado, deberán presentarse dentro de las setenta y dos horas siguientes a la fijación de la cédula con la que el órgano del Instituto, autoridad u órgano partidista, haga del conocimiento público la interposición de un medio de impugnación.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.