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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_cod5/474
Ley
Código Electoral del Estado de México
Artículo
474

Artículo 474 del Código Electoral del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría Ejecutiva es la única autoridad que puede revisar y decidir sobre las quejas que no tienen fundamento, es decir, las que son frívolas o sin sentido. Si presentas una queja que no tiene base real o que solo busca molestar, esta área se encargará de desecharla. Básicamente, si tu queja es puro chisme o sin pruebas, ellos la van a frenar. Esto sirve para que no se pierda el tiempo con cosas que no ayudan a resolver problemas serios.

Texto oficial

Artículo 474. La Secretaría Ejecutiva será la competente para conocer y resolver las quejas frívolas.

Ver texto oficial del Código Electoral del Estado de México (pág. 171) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.