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Artículo 495 del Código Electoral del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para poder votar en una consulta popular necesitas cumplir estos requisitos: ser ciudadano del estado, estar registrado en el padrón electoral (la lista de personas que pueden votar), tener tu credencial de elector (INE) vigente y no tener suspendidos tus derechos políticos, por ejemplo por estar en la cárcel.

Texto oficial

Artículo 495. Son requisitos para participar en la consulta popular: I. Ser ciudadano del Estado conforme al artículo 28 de la Constitución Local. II. Estar inscrito en el padrón electoral. III. Tener credencial para votar con fotografía vigente. IV. No estar suspendido en sus derechos políticos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 179) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.