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Artículo 546 del Código Electoral del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El presupuesto que el gobierno del estado calcula para gastar durante el año de las elecciones debe incluir un dinero especial para que el Instituto Electoral haga las consultas populares. Una consulta popular es cuando le preguntan directamente a la gente su opinión sobre un tema importante. Ese dinero extra debe estar dentro del presupuesto del Instituto, no en otro lado. Así se aseguran de que haya fondos para que tú puedas participar en esas consultas.

Texto oficial

Artículo 546. El presupuesto de egresos del Estado del ejercicio fiscal del año correspondiente de la jornada electoral contemplará una partida especial dentro del presupuesto del Instituto para la realización de consulta popular.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 190) ↗

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