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Artículo 563 del Código Electoral del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto va a contar todos los votos y oficializar quién ganó, tal como lo dice la convocatoria. Después, va a publicar ese resultado en el periódico oficial del gobierno del Estado y también lo dará a conocer en los periódicos más importantes y en medios masivos como la radio, la tele o el internet.

Texto oficial

Artículo 563. El Instituto, de conformidad con las bases de la convocatoria, procederá al cómputo final y a la declaración de validez del resultado, mismo que publicará en el periódico oficial “Gaceta del Gobierno” y que difundirá a través de los diarios de mayor circulación y de los medios masivos de comunicación en el Estado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 193) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.