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Artículo 597 del Código Electoral del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Tres días antes de la elección y hasta que cierren las casillas (donde votas), no se vale que nadie publique o dé a conocer los resultados de encuestas sobre quién va ganando o las preferencias de los votantes. Esto aplica a cualquier medio: redes sociales, noticieros, periódicos, radio o hasta pláticas públicas. La ley lo prohíbe para evitar que esas información te influya o te haga cambiar tu voto en el último momento.

Texto oficial

Artículo 597. Durante los tres días previos a la elección y hasta la hora de cierre de las casillas, queda estrictamente prohibido publicar, difundir o dar a conocer por cualquier medio de comunicación, los resultados de las encuestas o sondeos de opinión, que tengan como fin dar a conocer las preferencias electorales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 203) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.