Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 614 del Código Electoral del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Unidad de Fiscalización del INE (Instituto Nacional Electoral) se encarga de revisar los reportes que los candidatos entregan sobre de dónde sacan su dinero para la campaña y en qué lo gastan, incluso sus gastos personales de campaña. También hacen auditorías para checar que todo esté en orden con sus finanzas y su contabilidad. Esto lo hacen siguiendo las reglas de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. Si el INE decide pasarle esa tarea a otra área, entonces la hace la Unidad Técnica de Fiscalización del mismo instituto.

Texto oficial

Artículo 614. La revisión de los informes que las personas candidatas presenten sobre el origen y destino de sus recursos y de actos para sus gastos personales de campaña, así como la práctica de auditorías sobre el manejo de sus recursos y su situación contable y financiera estará a cargo de la Unidad de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral, en los términos que establezca la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y las disposiciones jurídicas aplicables, o en caso de que el Instituto Nacional Electoral delegue dicha facultad, corresponderá a la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto. CAPÍTULO CUARTO De la Jornada Electoral

Ver ley oficial en el DOF (pág. 208) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.