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Artículo 99 del Código Electoral del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para ser candidato a gobernador por firmas, necesitas juntar el apoyo del 3% de las personas que pueden votar en el estado, según la lista oficial de electores del 31 de diciembre del año anterior a la elección. Además, esas firmas deben venir de al menos 64 municipios diferentes, y en cada uno de esos municipios, el número de firmas debe ser como mínimo el 1.5% de los votantes registrados en esa localidad. En pocas palabras, no solo se requiere un total de firmas, sino que estén repartidas entre muchos municipios para demostrar apoyo en toda la entidad.

Texto oficial

Artículo 99.- Para la candidatura de Gobernador, la cédula de respaldo deberá contener cuando menos la firma de una cantidad de ciudadanos equivalente al 3% de la lista nominal de electores, con corte al 31 de diciembre del año previo al de la elección, y estar integrada por electores de por lo menos sesenta y cuatro municipios, que representen, cuando menos, el 1.5% de ciudadanos que figuren en la lista nominal de electores en cada una de ellas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 28) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.