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Artículo 187 del Código Penal del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien bloquea un parque, una calle o cualquier espacio público sin tener derecho a hacerlo, y no lo quita aunque la autoridad se lo ordene, puede ir a la cárcel de 6 meses a 1 año y pagar una multa de 30 a 100 días de salario mínimo. Si además de estorbar, impide totalmente que la gente use ese espacio, la cárcel puede ser de 1 a 2 años y la multa de 30 a 150 días de salario mínimo.

Texto oficial

Artículo 187.- Al que sin derecho estorbare de cualquier forma el aprovechamiento de bienes de uso común ó vías públicas y no retirare el estorbo a pesar del requerimiento que le haga la autoridad competente, se le impondrán de seis meses a un año de prisión y de treinta a cien días multa, si llegare a privar del uso de los bienes, se le impondrán de uno a dos años de prisión y de treinta a ciento cincuenta días multa.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 57) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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