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Artículo 193 del Código Penal del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si cometes un delito manejando un coche sin placas, con placas escondidas o que no se vean, sin la tarjeta de circulación válida, o con papeles que no sean los oficiales, te pueden dar de 2 a 4 años de cárcel y una multa de 100 a 300 días de salario mínimo. Si el delito que cometes es grave, como un asalto o un homicidio, la pena se duplica, pero esto no aplica si fue un accidente sin intención. También, si manejas un coche con placas, tarjeta o papeles que no le corresponden al vehículo o no son oficiales, te esperan de 1 a 3 años de prisión y una multa de 50 a 200 días de salario. Finalmente, si eres policía y haces esto, el castigo es más severo: de 4 a 12 años de cárcel, te destituyen y no puedes trabajar en el gobierno por 8 a 20 años.

Texto oficial

Artículo 193. Al que en la comisión de un delito, conduzca o utilice un vehículo de motor sin las placas de circulación, se encuentren ocultas o no sean visibles o la tarjeta que autorice su debida circulación, o con documentación que no corresponda a la autorizada oficialmente para circular, se le impondrán de dos a cuatro años de prisión y de cien a trescientos días multa. Si el delito que se comete es grave, se duplicará la pena. Esta agravante no se aplicará a los delitos culposos. Al que maneje o utilice un vehículo de motor con placas o tarjeta o documentación que no correspondan al vehículo o a la autorizada oficialmente para circular, se le impondrá de uno a tres años de prisión y de cincuenta a doscientos días multa. Derogado. Si se trata de un elemento de cualquier corporación policíaca se le impondrán de cuatro a doce años de prisión, destitución e inhabilitación de ocho a veinte años para desempeñar empleo, cargo o comisión públicos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 60) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.