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Artículo 21 del Código Penal del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las reglas de este capítulo también aplican cuando alguien intente cometer el delito, pero no lo logre por completo. Sin embargo, no aplican para delitos contra el Estado, sin importar qué tan avanzado esté el intento. O sea, si cometiste un delito contra el gobierno, estas disposiciones no te protegen ni te benefician, aunque solo lo hayas intentado.

Texto oficial

Artículo 21.- Las disposiciones del presente capítulo serán aplicables aún en el caso de tentativa, pero no a los delitos contra el estado cualquiera que sea el grado de su ejecución. TITULO TERCERO PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.