Artículo 220 del Código Penal del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 220 fue derogado, lo que significa que ya no existe ni se aplica en la ley actual. El capítulo sobre el delito de incesto (relaciones sexuales entre parientes cercanos, como padres e hijos o hermanos) quedó sin efecto.
Texto oficial
Artículo 220.- Derogado CAPITULO VIII INCESTO
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