Artículo 229 Bis del Código Penal del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que no te van a castigar si haces ciertas cosas con madera o leña, siempre y cuando no sea para negocio, solo para uso de tu casa o tu comunidad, y no juntes más de medio metro cúbico al mes (como el tamaño de una lavadora). Por ejemplo, puedes usar leña para cocinar, hacer artesanías, ceremonias tradicionales o actividades culturales de comunidades indígenas o rurales. También puedes juntar ramas secas, restos de poda o madera que se haya caído sola, siempre y cuando sea para tu familia o tu comunidad y respetando el medio ambiente. Además, puedes vender, llevar o comprar árboles de Navidad, pero solo si vienen de viveros o plantaciones con permiso de las autoridades.
Texto oficial
Artículo 229 Bis.- No serán punibles las siguientes actividades, siempre que se realicen sin fines de lucro, con fines culturales, domésticos o comunitarios, y en volúmenes no mayores a medio metro cúbico mensual por hogar o unidad comunitaria: a) El uso de leña o material leñoso de origen forestal no industrializado para consumo doméstico, elaboración de artesanías, realización de rituales tradicionales o actividades culturales propias de comunidades indígenas o rurales; b) La recolección de ramas secas, restos de poda o madera caída de forma natural para su aprovechamiento familiar o comunal, de conformidad con los usos y costumbres locales y con respeto al marco ecológico; c) La comercialización, distribución o transporte de árboles de Navidad provenientes de plantaciones forestales autorizadas legalmente o registradas ante la autoridad correspondiente, siempre que en los operativos que se lleven a cabo se acredite su legal procedencia mediante la documentación correspondiente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.