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Artículo 246 del Código Penal del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si ayudas a alguien a suicidarse o lo convences de hacerlo, pero la persona no logra suicidarse, te pueden encarcelar de 1 a 5 años y pagar una multa de 20 a 100 días de salario mínimo. Si la persona sí se suicida, la cárcel será de 3 a 10 años y la multa de 50 a 250 días de salario mínimo. Ojo: aunque no logre suicidarse, igual te castigan por intentarlo o por animarlo.

Texto oficial

Artículo 246. Al que preste auxilio o instigue a otro al suicidio, sin que este se produzca, se le impondrán de uno a cinco años de prisión y de veinte a cien días multa; y si se produce, se le impondrán de tres a diez años de prisión y de cincuenta a doscientos cincuenta días multa.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 87) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.